11 sept 2011
El honor militar: Códigos de Honor y Códigos Mafiosos
Esto no puede sorprender en un país que sufrió -y no en su prehistoria- una dictadura militar como la nuestra. Las referencias insufriblemente pedantes y machaconas al honor militar con que la dictadura nos aturdía alimentaron la noción de que era una más de las tantas imposturas con que revestía el privilegio y la opresión.
Sin embargo, hay buenas razones para mirar este tema con más detenimiento.
Es tradicional y universal que la profesión militar cultive y exalte ciertos valores y tenga todo un ropaje de símbolos, formalidades y ceremonias. Esas cosas tienen origen variado y casi siempre antiguo. Muchos de sus elementos provienen de tiempos en que la profesión del oficial era exclusividad de la clase noble, y buscaban destacar su privilegio. De ahí que, sobre todo en los momentos de grandes cambios sociales, se haya cuestionado esas prácticas y criterios procedentes de realidades superadas. Basta pensar en la Revolución Francesa cuando creó sus ejércitos ciudadanos, o la Revolución Rusa de 1917 que organizó el Ejército Rojo, o la República Española cuando su pueblo y sus militares leales tuvieron que defenderla contra el alzamiento fascista nacido dentro de su ejército.
Sin embargo, es importante distinguir todo esto de la cuestión del honor militar, porque éste responde a una lógica diferente.
La idea de que la profesión militar debe tener normas de honor particulares, principios morales y reglas de conducta propias y de especial rigor, tiene fundamentos que no se basan en privilegios anacrónicos ni corresponden a situaciones superadas del pasado, sino a una lógica válida y razonable. Que el militar deba regirse por criterios estrictos de comportamiento más allá de las normas precisas de las leyes y los reglamentos ‑es decir, que tenga que ceñirse a un código de honor- es una necesidad impuesta por su especial situación. Desde el punto de vista de la sociedad toda, lejos de ser una aberración, se trata de una garantía indispensable.
Existen otras profesiones en que también se fue formando un conjunto de normas éticas que rigen su ejerciclo y que los interesados adoptan como su código de honor. El caso más típico es el de la medicina: ya en Ia antigua Grecia el juramento hipocrático comprometía el honor del médico para toda su vida. ¿Por qué ocurre esto particularmente con ciertas actividades? ¿Por qué consideramos que debe haber un código moral riguroso para los médicos y no se nos ocurre pensar lo mismo de los profesores de matemática ni de los esquiladores? Simplemente porque la medicina entraña un peligro muy grande en caso de mal ejercicio: el médico que atiende mal a su paciente pone en peligro su vida. Y aquí reside el rasgo común que tienen todas las profesiones, tan diversas en apariencia, que tendemos a relacionar con una responsabilidad moral particular y con especiales deberes de honor: el médico, el comandante del avión, el juez. La sociedad no puede admitir al juez corrupto, al aviador alcohólico ni al cirujano distraído.
En el ciudadano que ejerce el mando de hombres armados es vital que exista un sentido firme de la rectitud, la lealtad y el apego a la misión que desempeña. Son garantías del normal funcionamiento de las instituciones militares en la sociedad, y es ésta la que necesita esas seguridades. No sólo está bien, sino que es imprescindible que el militar esté Iigado por una ética especial que compromete su honor.
Si nuestro país ha de tener a sus Fuerzas Armadas insertadas en su sociedad, sus integrantes deben profesar y cultivar el honor militar. No pueden ser cobardes ni traidores, ni tampoco usurpadores ni conspiradores. Deben estar lealmente al servicio de su país, conforme a sus leyes, bajo el mando de sus autoridades, en interés de su pueblo. Y los civiles debemos entender y apreciar el honor militar. Apreciarlo, respetarlo y exigirlo.
La dictadura militar tergiversó todo esto. En nombre del honor militar ponía al uniformado en un sitial que los demás debíamos reverenciar. El honor militar, en vez de ser una prenda de responsabilidad, se convirtió en un título de superioridad. La "doctrina de la seguridad nacional" validaba esta aberración con una justificación teórica. Supuestamente las Fuerzas Armadas seguían teniendo por cometido la defensa de la nación; pero la nación dejaba de ser lo que obviamente es (el país y su gente) para reducirse a símbolos y abstracciones. Se invocaba la Orientalidad pisoteando vidas y derechos. Se defendía la Patria martirizando a su pueblo. No era original: otras versiones del fascismo también obraron sus respectivos milagros con la idea del honor militar. El nazismo alemán lo convirtió en un compromiso de subyugar al mundo en nombre de Ia superioridad de la raza aria.
Estas cosas no son meras referencias históricas, porque las tergiversaciones que la dictadura implantó sobre el concepto del honor militar han dejado resabios que nos dañan hasta el día de hoy. Siguen emponzoñando a las Fuerzas Armadas, bloqueando su entendimiento con el resto de la sociedad y eternizando los problemas más dolorosos que la dictadura nos legó.
Los principios que la dictadura estableció como rectores del honor militar partían de algunas ideas muy peculiares. Las fuerzas armadas eran algo separado y esencialmente distinto de la sociedad; su función y sus potestades eran ilimitadas; y se regían en su interior por la obediencia absoluta, ilimitada e irreflexiva. Afirmar esto no es expresar una opinión: ellos mismos lo proclamaron y lo predicaron explícitamente. Si hace falta demostrarlo: se proclamó oficialmente que "las FFAA son una institución de excepción diferenciada de la sociedad civil".[1] Se declaró que a las Fuerzas Armadas "está confiada la custodia de los bienes espirituales y materiales de la Nación"[2], o sea absolutamente todo. Se estableció como "obligación fundamental del estado militar" el "deber de obediencia, respeto y subordinación al superior en toda circunstancia de tiempo y lugar", sin excepción alguna.[3] Todo militar tenía, entonces, un deber de obediencia ciega y total. El hecho de que la orden fuera matar a un ser humano indefenso, o sustituir los votos de una urna de votación, en nada habilitaba al subalterno para no cumplirla de inmediato.[4]
A partir de este encuadre, los mandos de la dictadura buscaron generar una cultura de encubrimiento sistemático de los crímenes que ordenaron, escudándose en el silencio cómplice de todos los militares. Exigieron cerrar filas en nombre del espíritu de cuerpo. Puesto que cualquier acusación a un militar es un agravio a la Institución Militar, y las Fuerzas Armadas son depositarias de todos los valores de la Patria, el deber y el honor obligan a todos al silencio y la negación.
Pero esto rebaja el honor militar a un vulgar código mafioso. Convierte lo que debe ser una prenda de responsabilidad en una maquinación urdida para eludir, precisamente, la responsabilidad. Esto no es honor militar. Esto es conjura mafiosa.
El cumplimiento intransigente del deber moral es una virtud muy alta y respetable. En cambio, cerrar filas para defender a criminales cuyas manos están manchadas con la sangre que ordenaron derramar está en la antípoda del honor. El militar que con su silencio encubre crímenes que le constan no está defendiendo un código de honor. Su actitud, además de ser un delito[5], es el colmo de la deshonra. Es traición y es cobardía, las dos faltas supremas de todo comportamiento militar. Es traición a la patria, porque la patria es el país al que debe servir, el que le dio su confianza, sus armas y su responsabilidad: nada de eso lo recibió de los criminales a los que encubre. Traiciona también a las Fuerzas Armadas, porque impide limpiarlas de las lacras que las desprestigian y las aíslan. También es cobardía, porque supone la falta del coraje necesario para un acto de dignidad. Y todavía, además de ser un delito y una inmoralidad, es también algo más. Es una necedad. Es negarse a admitir el burdo engatusamiento en que ese militar ha caído. Es no reconocer, a pesar de que rompe los ojos, que quienes le reclaman complicidad invocando el espíritu de cuerpo y la defensa de las instituciones militares están buscando su propia impunidad, la infame impunidad de sus propios crímenes, al precio de mantener a esas mismas instituciones militares en el desprestigio en que ellos las hundieron. Es negarse a ver que han sido víctimas de una deleznable extorsión moral que creó un verdadero mundo al revés. ¡Son los asesinos y torturadores los que amenazan con la deshonra a camaradas y subordinados invocando principios morales!
Los civiles debemos entender y apreciar el honor militar. Sí: y es hora de hacerlo. En nombre del honor militar, de esa virtud indispensable que deben tener quienes portan las armas del país para ser dignos de hacerlo, debemos exigir a nuestros militares que cumplan su deber. Esto no se refiere a los criminales; con ellos sería inútil. Se refiere a los demás. Porque siguen siendo miles los compatriotas que han vestido uniforme y que tienen algo que decir. Esos compatriotas deben sopesar hoy la diferencia, que todavía cabe, entre cumplir su deber muy tardíamente o no cumplirlo nunca. Entre cumplir o faltar al honor militar.
[1] "Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas", de 8 de febrero de 1985, art. 3.
[2] Misma disposición.
[3] Decreto-Ley nº 14.157, de 1974 ("Ley Orgánica Militar"), art. 61. La disposición agregaba que este deber sería "de acuerdo a las leyes y reglamentaciones en vigencia"; pero no había ninguna ley ni reglamento que limitara el carácter absoluto de ese deber de obediencia o que admitiera excepciones a su cumplimiento.
[4] El segundo ejemplo es hipotético, pero el primero es trágicamente real. El Ejército reconoció oficialmente en 2005 que decidió y ejecutó los asesinatos de María Claudia García de Gelman en octubre de 1976 y de María Elena Quinteros el mes siguiente. (Como también se reconoció a la vez el asesinato en la tortura de 23 detenidos sobre cuya suerte también se había mentido siempre.)
[5] Todo militar que tiene conocimiento de un crimen cometido está incurriendo en delito por el hecho de no denunciarlo. De esto no puede caber duda a la luz del artículo 177 del Código Penal.
Nicolás Grab
Tomado: Revista vadenuevo.com.uy
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